Amplían plazo para que microempresarios paguen 2 % del Impuesto a la Renta
En el documento, suscrito además por Mauricio Pozo (Ministro de Finanzas) e Iván Ontaneda (Ministro de Producción), consta que si la declaración se efectuó antes de la emisión del Decreto Ejecutivo, las disposiciones sobre declaración y pago ya no se aplicarán.
Los cambios establecidos en el Decreto tienen efecto sobre personas naturales y jurídicas que constan como microempresarios hasta el 31 de enero de 2021, y que durante 2020 no hayan generado utilidad, sin considerar ingresos y gastos atribuibles a actividades sujetas al RIM.
La resolución se emite como apoyo a una economía complicada post-pandemia
Foto: GettyImages
Según el documento oficial, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitirá un calendario para el acatamiento de la medida. La resolución fue tomada al cumplirse casi un año del Estado de Excepción, declarado el 16 de marzo de 2020 con el fin de contener la transmisión de coronavirus en Ecuador. La emergencia sanitaria se mantiene y la decisión del Primer Mandatario encuentra su base en la empatía con el sector productivo por las complicaciones que ha sufrido durante este periodo.
Maria José Eguiguren
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